La Audiencia de León pide a Europa que aclare si hubo un cártel de fabricantes de camiones y perjudicó a compradores

Carlos S. Campillo/Ical

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de León, especializada en asuntos de lo mercantil, ha planteado una cuestión prejudicial ante Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en un procedimiento en el que investigaba, a raíz de un caso en León, si existía un 'cártel de fabricantes de camiones' que además de causar perjuicios económicos a algunos clientes estuvieran contraviniendo las leyes 'antitrust' o antimonopolio europeas.

El caso se originó cuando, a raíz de sospechas de prácticas presuntamente irregulares en términos de competencia, un particular que había adquirido un camión demandó a las firmas AB Volvo y DAF Trucks NV.

La resolución del expediente 'antitrust' - seguido contra determinados fabricantes de vehículos de automoción por la Comisión Europea- que estima la infracción de las normas de competencia de la Unión Europea mediante la adopción de acuerdos de intercambio de información entre diferentes marcas, ha originado que un elevado número de afectados haya iniciado procedimientos de reclamación de los perjuicios que se derivan del sobrecoste que habrían pagado los compradores de esos camiones por las conductas ilícitas, señalan desde el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Castilla y León.

Se trata del primer procedimiento sobre esta materia que aborda la Audiencia Provincial de León, en el ejercicio de una acción de daños derivados de conducta anticompetitiva.

A pesar de que ya se había producido una sentencia condenatoria, que indemnizaba a un posible afectado con casi 40.000 euros, la Sala ha decidido suspender las actuaciones para que Europa decida si los fabricantes de camiones efectivamente impusieron un cártel que impedía la libre competencia.

Por eso, adopta la decisión de plantear una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea en la que pregunta sobre la aplicación al caso de la Directiva de Daños 2014/104/UE. Y mientras se produce o no esa respuesta, acuerda suspender las actuaciones judiciales impulsadas hasta ahora en tanto no se pronuncie dicho tribunal.

La resolución de 12 de junio de 2020, añaden las mismas fuentes, plantea dudas sobre los plazos de prescripción aplicables a las acciones de reclamación de perjuicios y otras cuestiones que afectan a la prueba del daño; en concreto a la aplicación de la denominada facultad de estimación judicial del daño que establece la Directiva.

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