Condena de 9 meses de prisión para un leonés que retuvo cautivo a un lobezno de tres meses hasta provocarle la muerte

El ejemplar de cría de lobo ibérico que murió tras ser retenido en una casa particular en Abelgas de Luna en 2020.

C.J. Domínguez

Un vecino de Abelgas de Luna ha sido condenado a nueve meses de prisión y el pago de más de 9.000 euros por haber sido considerado autor de un delito de maltrato animal hacia un lobezno de unos tres meses al que mantuvo retenido en el año 2020, circunstancia que le causó importantes heridas y estrés, además de falta de alimento e hidratación, y que acabó con su vida.

La sentencia, emitida por el Juzgado de lo Penal 1 este mes de septiembre, y a la que ha tenido acceso ILEÓN, aclara dos años después de ocurrir los hechos lo que verdaderamente pasó en un episodio poco claro cuando saltó la primera noticia de una cría de lobo ibérico que había sido recuperada por la Guardia Civil, según se dijo en un primer momento “en buen estado físico”.

La entrega se produjo a la Junta de Castilla y León, la cual decidió el traslado del animal al Centro de Recuperación de Animales Salvajes (Cras) ubicado en Valladolid, ya que en León sigue sin haber un centro de este tipo. Y pocas horas después de la buena noticia, se tuvo conocimiento de que el mal estado en el que se encontraba el animal provocó un final trágico. Su muerte se produjo el 22 de agosto aunque todo trascendió días más tarde, dejando numerosas incógnitas. Sobre todo después de ver el vídeo facilitado por la Guardia Civil.

Tanto la propia entonces Consejería de Fomento y Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León como la propia Fiscalía protagonizaron la acusación, después de que lo anunciara pero no lo ejerciera también la asociación Lobo Marley. Y tras el juicio que sentó en el banquillo de los acusados al vecino de Abelgas que, según dicta la sentencia, mantuvo retenido previsiblemente durante varios días al lobezno, llega ahora la condena y la clarificación de los hechos.

Esa condena, además de los meses de prisión -que no son suficientes para que ingrese en ella, ya que el hombre no tiene antecedentes- conlleva el pago a la propia Junta de una indemnización de 9.261 euros más intereses.

Se trata de la cifra en la que el animal fue valorado por la Sección de Caza del Servicio Territorial de Medio Ambiente de la Junta en León, es decir, asumiendo su valor como pieza de caza en virtud de lo que la administración autonómica habría podido ingresar en una posible subasta cinegética del animal cuando fuera adulto.

También el condenado deberá abonar las costas de todo el proceso y de paso queda inhabilitado durante dos años y cuatro meses “para el ejercicio de profesión, oficio y comercio que tenga relación con los animales y para la tenencia de aquellos”, según la magistrada.

Siguiendo lo que la sentencia ha considerado definitivamente probado, después de tomar declaración al vecino, agentes medioambientales y guardias civiles, y conocer informes oficiales como la necropsia al animal, se da por hecho que el acusado había retenido no a uno sino a dos lobeznos en su casa de Abelgas durante “al menos, varias semanas” antes del 20 de agosto de 2020. Eso a pesar de que el vecino declaró habérselo encontrado pocas horas antes enredados en unos cables y “sin saber bien” qué animal era.

La magistrada resalta en la sentencia el hecho de que “cuando entregaron el primero de los ejemplares, no hicieran mención al segundo cachorro, el cual no fue cedido hasta que no fueron requeridos por los agentes de la Guardia Civil, tras tener conocimiento de su existencia por aviso de una persona” que lo puso en conocimiento del Seprona. Y es que según testimonio de los agentes medioambientales, en realidad quienes los habían retenido “le dijeron que no se la querían entregar porque querían cuidarla y tener crías con alguno de sus perros”, cruzándoles con la joven lobezna. Por eso había permanecido atada en el corral de su domicilio, presumiblemente atada.

En el centro de recuperación de Valladolid se certificó la causa de la muerte por un fallo multiorgánico a consecuencia de una “insuficiencia alimentaria”, con síntomas de “estrés y una fuerte deshidratación”, dando por hecho que le faltó bebida y alimento.

El responsable del equipo veterinario remarcó no sólo que el animal, de entre 2,5 y 3,5 meses, debería haber pesado el doble, sino que rechazó que las heridas que presentaba fueran compatibles con ningún enredo en alambres, como mantenía la defensa del vecino.

“Tenía lesiones compatibles de haber estado cautividad, las uñas muy cortas, enrasadas por rozamiento contra suelos abrasivos como el hormigón y ya en cicatrización, y en cuello posiblemente por llevar collar”, lesiones que al menos se habían producido durante una semana, admite la sentencia como probado. Y continúa añadiendo que “su comportamiento también era propio de animales en cautividad” y “aunque hubiera sido tratado un día antes no hubiera salido adelante”.

Ahora, la condena puede ser todavía recurrida por la defensa del vecino como apelación ante la Audiencia Provincial de León.

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