Candín ya es oficialmente Ayuntamiento de Valle de Ancares

Candín es la cabecera del municipio que ahora pasará a denominarse Valle de Ancares.

Redacción EL BIERZO

El BOE (Boletín Oficial del Estado) da este viernes carta de oficialidad al cambio de nombre del municipio berciano de Candín, que pasará a denominarse Valle de Ancares. Se trata de una aspiración lanzada políticamente el pasado mandato y cuya tramitación se ha prolongado en el tiempo también entre el recelo y la oposición mostrada en Galicia.

La idea inicial era cambiar Candín por Ancares. Y fueron precisamente las alegaciones presentadas desde la Comunidad vecina uno de los motivos que hicieron al municipio berciano optar por Valle de Ancares. El Consejo Comarcal del Bierzo dio su visto bueno, que este viernes ha quedado bendecido por el BOE.

El Consejo del Bierzo asumió en su día de la Junta de Castilla y León la competencia en materia de “aprobación definitiva de alteración del nombre y capitalidad del municipio” en la comarca. La publicación del Boletín Oficial del Estado reza que “el cambio de denominación tiene justificación histórica y que la misma no coincide ni produce confusión con otras denominaciones ya existentes”.

Precisamente en una supuesta confusión se amparaban las alegaciones presentadas desde los concellos lucenses de Baralla, Becerreá, As Nogais, Pedrafita do Cebreiro, Navia de Suarna y Cervantes, la Diputación de Lugo y la Xunta de Galicia, además de un particular y una asociación. La argumentación se centraba en atribuir al municipio berciano un intento de apropiación del topónimo Ancares.

Ahora el BOE oficializa el cambio de nombre. Contra este acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse potestativamente recurso de reposición ante la Consejería de Presidencia y Ordenación Territorial de la Junta de Castilla y León en el plazo de un mes o un recurso ante la sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el plazo de dos meses. Así lo cita el documento “sin perjuicio”, concluye, “de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro recurso que estimen más conveniente a su derecho”. 

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